¿Eres autónomo? ¿Sabías que ahora tienes la posibilidad de aplazar el pago de tus impuestos? Hace unas semanas, el Gobierno aprobó un decreto-ley que ofrecía la posibilidad de retrasar hasta seis meses el pago de sus deudas tributarias. La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) publicaba recientemente una guía para orientar a los profesionales afectados por la situación actual. Esta norma garantiza que, durante los primeros 90 días de aplazamiento, no se exigirán intereses.
Desde la web de Autonomosyemprendedor.es resumían de forma muy concreta el proceso de aplazamiento de los impuestos. Compartimos aquí un fragmento de este práctico artículo.
¿Cómo aplazar el pago de impuestos?
La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ha publicado una guía para ayudar a aquellos trabajadores por cuenta propia que quieran acogerse a este aplazamiento del pago de sus impuestos, al que sólo podrán recurrir personas físicas o entidades con volumen de operaciones inferior a 6.010.121, 04 euros en 2019.
¿Quién puede solicitar el aplazamiento?
Esta prórroga en el pago de la deuda sólo puede ser solicitada por el propio titular o un tercero que actúe en su nombre, ya sea colaborador social o un apoderado a realizar el trámite. Hay que tener en cuenta dos factores a la hora de procesar la solicitud:
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El acceso Clave PIN sólo permite tramitar deudas propias.
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El colaborador o apoderado debe cumplimentar la casilla del NIF del obligado que solicita aplazamiento.
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