¿Respondes correos fuera de tu horario laboral? ¿Atiendes llamadas de trabajo en tu tiempo libre? Desconectar es un aspecto necesario para cualquier trabajador, pero no todo el mundo disfruta de él. Poco a poco, las empresas están comenzando a regular en los convenios colectivos este derecho de desconexión digital. Merece la pena abordar un poco este tema tan actual.
¿En qué consiste la desconexión laboral?
Todo trabajador está en su derecho de aprovechar su tiempo libre sin que los asuntos laborales interfieran en este disfrute. No obstante, la inclusión de las nuevas tecnologías en el día a día de las personas puede hacer que los límites entre ocio y negocio se desdibujen. Sin una regulación que marque unas determinadas pautas, los empleados no tienen en qué apoyarse. Es por ello que resulta necesario regular cuanto antes esta materia.
¿Está incluido el derecho laboral en las empresas españolas?
Desafortunadamente, este asunto aún necesita mucha regulación en España, ya que todavía no existe un marco legal específico sobre la cuestión. El pasado año, la aseguradora AXA incluyó en su marco laboral el derecho a la desconexión. Mediante esta medida, la compañía rompía con la conectividad permanente. La aseguradora regulaba de esta forma el derecho de los empleados a no tener que responder correos electrónicos, mensajes o llamadas profesionales si no se encontraban en su horario de trabajo. Se trataba de un convenio pionero en España, pero que abría la puerta a acuerdos similares en otras empresas del país.
2018, ¿algún progreso en materia de desconexión?
Ikea y Banco Santander se han sumado este año a la introducción del derecho laboral en sus convenios colectivos. Si bien aún hay mucho por hacer, resulta un avance no solo positivo, sino también necesario. Por su parte, el Ministerio de Empleo aseguró estar estudiando “fórmulas para implantar algún tipo de regulación del derecho a la desconexión”.
¿Y qué pasa con los autónomos?
El sector de los autónomos resulta más difícil de regular. Hay que tener en cuenta que, puesto que trabajan directamente para clientes que no sean empresas (B2C), existe la posibilidad de pérdidas de trabajo en el caso de no atender llamadas. Por tanto, el tema de la desconexión no puede aplicarse de la misma forma en funcionarios, asalariados, autónomos…