¿Eres autónomo y tienes la edad legal para retirarte, pero estás cobrando una prestación y tienes dudas sobre si merece la pena renunciar a ella para cobrar tu jubilación? Si bien esta pensión no es compatible con casi ninguna otra ayuda, existen ciertas excepciones que merece la pena conocer. ¡Toma nota!
En el portal autónomosyemprendedor.es comparten esta interesante recopilación de casos en los que es posible percibir simultáneamente dos prestaciones.
Compatibilidades e incompatibles con prestaciones de distinta naturaleza
Por norma general, la Seguridad Social establece que las pensiones son incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, y la jubilación no es un caso aparte. Lógicamente, al estar retirado, un autónomo no puede percibir prestaciones derivadas del desempeño de su trabajo anterior, como podrían ser la Incapacidad temporal, el cese de actividad o la maternidad o paternidad.
Tampoco puede compatibilizar, generalmente, el retiro y las pensiones como Incapacidad Permanente (en ninguno de sus tres grados: parcial, total, o gran invalidez), o en favor de familiares. En estos casos, en principio, tendría que elegir entre una u otra pensión: si seguir cobrando la Incapacidad Permanente, por ejemplo, o si pasar a percibir la jubilación.
No obstante, la norma también establece algunas excepciones en las que el autónomo sí podría jubilarse sin tener que renunciar a alguna de las pensiones previstas por el sistema.
La pensión de jubilación es compatible con la de viudedad
En principio cuando un autónomo accede a su jubilación pierde el derecho a acceder a otras modalidades diferentes y, también, a casi todas las demás prestaciones. La principal excepción a esta regla es la pensión de viudedad.
Según los últimos datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en España hay más 2,36 millones de personas que cobran una pensión de viudedad. De entre ellos, alrededor de 470.000 son autónomos. Estos perciben de media unos 516,13 euros. La buena noticia, en este caso, es que estos trabajadores por cuenta propia tendrán derecho a compatibilizar el cobro de su pensión de viudedad con el de la jubilación cuando les llegue el momento.
La pensión que recibe un autónomo por su trabajo es compatible con una posterior pensión de viudedad. También si sucediera al revés, es decir, si accede a la jubilación tras haberse producido el fallecimiento de su cónyuge.
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